Hipoteca: ¿solo o en pareja?

Escrito por

Inmobalia

Fecha

febrero, 2022

Categoría

FUENTE: Elpais.com

Firmar un préstamo hipotecario con otra persona ofrece ventajas, pero también conlleva riesgos. En España, dos de cada tres hipotecas tienen dos titulares

Comprar una vivienda es uno de los objetivos de muchas parejas y la mayoría de las veces conlleva la contratación conjunta de una hipoteca. En España, dos de cada tres préstamos hipotecarios cuentan con dos titulares, asegura Simone Colombelli, director de hipotecas del portal iAhorro. Firmar una hipoteca a medias ofrece ventajas, pero también entraña riesgos, especialmente en caso de ruptura.

Pros y contras de firmar una hipoteca con dos titulares

Las posibilidades de que el banco conceda una hipoteca a una pareja son mayores que si se solicita de manera individual. Las entidades bancarias consideran que el riesgo de impago es menor cuando los titulares del préstamo son dos personas, pues en caso de que uno pierda su empleo y, por tanto, disminuya su solvencia económica, la otra persona podrá hacerse cargo de las cuotas.

Suscribir una hipoteca en pareja permite a los contratantes, además, acceder a mayor financiación, ya que crece su capacidad de endeudamiento. Los expertos recomiendan destinar al pago mensual de la hipoteca, como máximo, el 30% de los ingresos. Si una persona gana 1.300 euros al mes, no debería dedicar más de 390 euros a la cuota mensual. Pero, si este comprador comparte la hipoteca con su pareja, con un sueldo de 1.400 euros, por ejemplo, la cuota que podrían pagar entre los dos titulares asciende hasta 810 euros.

Otra ventaja de la contratación de una hipoteca con dos titulares es que permite asumir con mayor facilidad otros gastos clave relacionados con la operación. Para adquirir una vivienda se necesita disponer en ahorros de un 20% del valor de tasación del inmueble, y para cubrir los gastos derivados de la compra, como los impuestos, se requiere entre un 10% y un 15% adicional. Todo esto sin contar con una posible reforma del hogar, en el caso de que la vivienda sea de segunda mano, cuyo coste puede suponer entre 500 y 700 euros por metro cuadrado.

David Espiago, director de negocio bancario del portal inmobiliario Housfy, explica que no hace falta que los dos solicitantes mantengan una relación sentimental. “En realidad, cualquier persona puede contratar un préstamo hipotecario con otra que esté en pleno conocimiento de la operación”, detalla. Aunque lo habitual, añade, es que se trate de parejas vinculadas sentimentalmente.

En una hipoteca compartida, los dos titulares asumen el 100% de la responsabilidad sobre la deuda, independientemente del dinero que acuerden aportar cada uno. En caso de impago, ambos responden a la totalidad de lo adeudado con sus bienes presentes y futuros. Un reparto que nada tiene que ver con la titularidad del inmueble que puede ser igual o diferente, según lo que establezcan las partes.

Si se trata de un matrimonio en régimen de bienes gananciales, tienen la posibilidad de ir al notario para acordar quién se quedaría con la propiedad ante un fallecimiento.

Espiago señala que, para formalizar el préstamo hipotecario en pareja, los dos deben acudir en persona a la entidad bancaria y firmar la documentación precontractual. También tendrá que ir al notario en dos ocasiones. La primera para demostrar a través de un cuestionario que entienden las condiciones de la hipoteca y firmar el acta notarial, y la segunda para que el notario formalice la escritura del préstamo. El coste de este proceso lo asume el banco.

En el caso de parejas de novios, parejas de hecho o matrimonios con separación de bienes es posible, a la hora de inscribir la vivienda en el Registro de la Propiedad, establecer qué porcentaje tendrá cada uno. Algo que será útil en caso de ruptura para saber cuánto corresponde a cada miembro de la pareja. Pero este trámite no tiene relación con la hipoteca, ya que, si ambos la suscriben, ambos responden por el total de la deuda, aunque abonen las mensualidades en la proporción que acuerden.

A la hora de contratar una hipoteca con dos titulares el asesoramiento profesional de un experto, como el de la entidad bancaria, ayuda, ya que facilita toda la información sobre el préstamo hipotecario y guía a los compradores durante el proceso.

Cómo actuar en caso de que se decida romper el vínculo

Si la pareja pone fin a su relación, existen diversas soluciones para gestionar la hipoteca.

En caso de divorcio, disolución de la pareja de hecho o ruptura de dos personas sin vínculos legales, las formas más habituales de afrontar el préstamo hipotecario son dos: que uno de los cónyuges adquiera la parte de la vivienda del otro y asuma el pago de la hipoteca que quede por abonar, o que se venda el inmueble, se liquide el préstamo y se reparta el dinero según hayan acordado.

La segunda opción es la más habitual, señalan los expertos, ya que la primera se encuentra con el obstáculo de que la hipoteca pasa a estar a nombre de un único titular y, por tanto, debe hacer frente a una cuota que antes pagaban dos. Quien se queda con la vivienda, además, compra su parte a la otra persona, para lo que puede necesitar otra hipoteca.

Una posible alternativa es la renegociación con la entidad bancaria para ampliar el periodo de devolución y reducir así la cuota mensual para adecuarla a los ingresos de un único pagador, aunque estos trámites suelen tener un coste. Si la pareja no quiere vender la vivienda, otra solución es alquilar el inmueble y destinar esos ingresos a pagar la hipoteca.

En caso de que uno de los miembros, ya sea de un matrimonio en régimen de separación de bienes, una pareja de hecho o que no estén casados, hubiera comprado la vivienda y firmado la hipoteca de manera individual o antes de empezar la relación, tanto la propiedad como el préstamo serán suyos tras la separación. La otra parte no tendría derechos ni responsabilidades sobre ellas.

En este punto, Espiago explica que la situación cambia cuando hay hijos de por medio, sea la pareja de la naturaleza que sea, ya que un juez puede considerar el domicilio habitual como vivienda familiar y dictar que los menores permanezcan en el hogar, lo que obligará a los padres a turnarse, incluso aunque uno de ellos no sea el propietario.

FUENTE: Elpais.com

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