¿Diferentes titulares en la vivienda y en la hipoteca?

Escrito por

Ángela Romero

Fecha

junio, 2023

Categoría

Fuente: fotocasa.es

¿Podemos encontrar diferentes titulares en la vivienda y en la hipoteca?

No es una situación habitual en la compraventa de viviendas, pero sí puede darse y “acarrea una serie de riesgos que es mejor conocer antes de firmar nada”, dice Simone Colombelli, director de Hipotecas de iAhorro

Si alguna vez te has hecho la pregunta de si una casa puede ser propiedad de alguien y que esta persona no sea el titular de su hipoteca, la respuesta es sí. Esta situación no es típica, pero puede darse en determinadas circunstancias, aunque también “acarrea una serie de riesgos que es preciso conocer antes de firmar nada”, explica Simone Colombelli, director de Hipotecas del comparador y asesor hipotecario iAhorro.

Una casa puede ser propiedad de alguien y que esta persona no sea el titular de su hipoteca, aseguran desde IAhorro 

¿Cómo puede ser que el titular de la hipoteca sea diferente al propietario de la vivienda hipotecada? 

Este supuesto puede darse, por un lado, porque la escritura de la vivienda y la escritura de la hipoteca son dos documentos diferentes. Por un lado, en la escritura de la vivienda se acredita simplemente quién tiene la propiedad de ésta, y en la de la hipoteca se ofrecen los detalles del préstamo solicitado, que puede estar a nombre de otra persona que no sea el propietario de la vivienda hipotecada.

“La lógica nos lleva a pensar que cuando alguien va a comprar una vivienda y solicita una hipoteca para financiar la compra, se convierte en el titular de ambas escrituras”, declara Colombelli, que añade que lo más habitual es “ostentar a la vez los derechos de la vivienda y los deberes de cumplir con el pago de la deuda que contraen con la entidad financiera”.

Este supuesto puede darse porque la escritura de la vivienda y la escritura de la hipoteca son dos documentos diferentes 

¿En qué casos puede darse que el titular de la hipoteca no sea el propietario?

Normalmente sólo se da en casos aislados que una segunda persona sea la que se haga cargo del pago de la deuda y, por tanto, sea la titular de la hipoteca sin tener en propiedad el bien que se ha adquirido gracias a ella.

Por ejemplo, puede pasar cuando se compra en pareja y existe un negocio de por medio: uno de los miembros adquiere la propiedad y el otro la deuda con el objetivo de que el titular del negocio permanezca libre de cargas financieras que puedan perjudicarle profesionalmente.

Generalmente, uno de los miembros adquiere la propiedad y el otro la deuda con el objetivo de que el titular del negocio permanezca libre de cargas financieras 

Asimismo, según explica el portavoz de iAhorro, “también suele darse esta situación cuando alguien de cierta edad pretende comprar una vivienda. No existe una edad máxima legalmente establecida para solicitar una hipoteca, pero generalmente, la entidad bancaria establece el límite en 75 años (a la fecha de finalización del préstamo hipotecario)”.

De esta manera, sería beneficioso en este caso que quien se haga cargo de la hipoteca sea una persona joven y que no llegue a los 75 años antes de que finalice el plazo de amortización del préstamo hipotecario.

¿Qué riesgos tiene ser el titular de la hipoteca, pero no de la vivienda?

Es evidente que ser el titular de una deuda cuya garantía de pago para la entidad es propiedad de otra persona representa un gran riesgo: si no pagas, no tienes nada que aportar al banco como contraprestación. Además, a efectos fiscales, estar pagando la vivienda de otra persona podría considerarse como una donación y el receptor podría verse afectado por sanciones, recargos, intereses de demora… etc.

Ser el titular de una deuda cuya garantía de pago para la entidad es propiedad de otra persona representa un gran riesgo 

En lo que respecta a la capacidad de endeudamiento, como en cualquier operación hipotecaria, esta aumenta cuando el titular de la hipoteca (y, por tanto, la persona que la paga) es sólo uno. Si fueran dos, el importe se dividiría y tendrían más facilidades para hacerle frente, al menos de cara al análisis de riesgos de la entidad financiera.

También para nuevos préstamos: la hipoteca aparecerá únicamente en la CIRBE (Central del información de riesgos del Banco de España) del titular (aunque en efectos prácticos la paguen entre lo dos), y esto hará que le sea mucho más complicado pedir (y que le concedan) cualquier otro tipo de préstamo.

 

Fuente: fotocasa.es

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